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Artículo 36 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Aprueba estatuto orgánico universidad tecnica del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3493 / 9083312.

Texto oficial

Artículo 36°- Corresponde al Claustro Nacional: 1.- Elegir al Consejo Superior, al Rector y al Secretario General. 2.- Pronunciarse por vía del plebiscito o en sus congresos, sobre: a) Las materias de política universitaria que él mismo determine o que le someta a su consideración el Consejo Superior; b) Las reformas al Estatuto Universitario, para proponerlas a los Poderes Públicos; c) Las materias a que se refiere el penúltimo inciso del Artículo 37°; d) La remoción de las autoridades unipersonales que sean de su elección.