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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija la planta del personal del ministerio de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3498 / 8987757.

Texto oficial

Artículo 6°.- La planta de personal y demás disposiciones del presente decreto comenzarán a regir a contar del 1° de Enero de 1980.