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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Modifica la planta de personal del servicio de salud metropolitano occidente

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3510 · idParte: 5858533

Texto oficial

Artículo 2°.- El mayor gasto que demanden las modificaciones precedentes, se imputará al Subtítulo 21 "Gastos en personal" del Presupuesto aprobado para el Servicio de Salud Metropolitano Occidente.