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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Establece la municipalidad de la comuna de estacion central y reestructura y fija planta del personal de la municipalidad de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3511 / 8872416.

Texto oficial

Artículo 4°.- Las obligaciones pendientes de las municipalidades de Santiago, Maipú, Quinta Normal y Pudahuel, serán siempre de cargo de éstas, aún cuando su causa tenga relación con el territorio de la Municipalidad de Estación Central. Las contribuciones, patentes y demás créditos a favor de las municipalidades originarios, pendientes de pago a la fecha, que entre en funcionamiento la nueva municipalidad, les corresponderán y deberán pagarse, en todo caso, a aquéllas.