Texto oficial
Artículo 6°.- La planta del personal de la Municipalidad de Santiago fijada por el presente D.F.L., será modificada nuevamente al establecer las correspondientes a las futuras municipalidades de Independencia y Recoleta.
Establece la municipalidad de la comuna de estacion central y reestructura y fija planta del personal de la municipalidad de santiago
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