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Artículo 43 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Estatuto de la universidad de playa ancha de ciencias de la educacion

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3514 / 9032076.

Texto oficial

Artículo 43°.- Para ser designado Decano se requiere tener la categoría de Profesor Titular en la respectiva Facultad. El Decano permanece tres años en el ejercicio de sus funciones y puede ser nombrado nuevamente por períodos iguales. Un reglamento dictado por el Rector determinará el procedimiento de su designación.