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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Establece forma de instalacion y planta de personal de la municipalidad de chillan viejo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3549 · idParte: 8942557

Texto oficial

Artículo 3°.- Declárase que para la provisión de los cargos de la planta de personal fijada en el artículo anterior serán aplicables los requisitos que señala el artículo 10.- de la Ley N° 18.883 y el artículo 12.- de la Ley N° 19.280, según corresponda, y establécense los siguientes requisitos específicos para el ingreso y promoción a los cargos que se indican: Planta Cargos Grados Requisitos Directivos Secretario Título de Abogado Municipal 7º de o Administrador Público. Directivo 7º Requerirá, alternativamente, título de Ingeniero Comercial; Contador Auditor; Contador Público, o de Administrador Público. Profesionales Profesionales 7º Un cargo requerirá título de Arquitecto, y el otro requerirá, alternativamente, título de Ingeniero Comercial; Contador Auditor; Contador Público, o de Administrador Público. Jefaturas Jefatura 8º Requerirá, alternativamente, título profesional de Contador Auditor; Contador Público; Administrador Público, o título técnico en el área de administración de recursos financieros o de personal. Jefatura 9º Requerirá título de Asistente Social o de Sociólogo.