Texto oficial
LIBRO SEGUNDO
DE LOS BIENES, Y DE SU DOMINIO, POSESION, USO Y GOCE
Título I
DE LAS VARIAS CLASES DE BIENES
Art. 565. Los bienes consisten en cosas corporales o
incorporales. Corporales son las que tienen un ser real y
pueden ser percibidas por los sentidos, como una casa, un
libro. Incorporales las que consisten en meros derechos,
como los créditos, y las servidumbres activas.