Artículo 874 del Código Civil de la Ley de Matrimonio Civil de la Ley sobre Registro Civil, de la Ley N° 7
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil de la ley de matrimonio civil de la ley sobre registro civil, de la ley n° 7.613, que establece disposiciones sobre adopcion, de la ley n° 18.703, que dicta normas sobre adopcion de menores y deroga la ley n° 16.346, y de la ley n° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3551 / 8897718.
Texto oficial
Art. 874. No se puede abrir ventana o tronera de ninguna
clase en una pared medianera, sin consentimiento del
condueño.
El dueño de una pared no medianera puede abrirlas en
ella, en el número y de las dimensiones que quiera.
Si la pared no es medianera sino en una parte de su
altura, el dueño de la parte no medianera goza de igual
derecho en ésta.
No se opone al ejercicio de la servidumbre de luz la
contig"idad de la pared al predio vecino.