Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil de la ley de matrimonio civil de la ley sobre registro civil, de la ley n° 7.613, que establece disposiciones sobre adopcion, de la ley n° 18.703, que dicta normas sobre adopcion de menores y deroga la ley n° 16.346, y de la ley n° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias
Texto oficial
Art. 943. Los frutos que dan las ramas tendidas sobre
terreno ajeno, pertenecen al dueño del árbol; el cual, sin
embargo, no podrá entrar a cogerlos sino con permiso del
dueño del suelo, estando cerrado el terreno.
El dueño del terreno será obligado a conceder este
permiso; pero sólo en días y horas oportunas, de que no le
resulte daño.