Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil de la ley de matrimonio civil de la ley sobre registro civil, de la ley n° 7.613, que establece disposiciones sobre adopcion, de la ley n° 18.703, que dicta normas sobre adopcion de menores y deroga la ley n° 16.346, y de la ley n° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias
Texto oficial
Art. 1154. Los coasignatarios de usufructo, de uso, de
habitación, o de una pensión periódica, conservan el
derecho de acrecer, mientras gozan de dicho usufructo, uso,
habitación o pensión; y ninguno de estos derechos se
extingue hasta que falte el último coasignatario.