Texto oficial
Artículo 1201. Se resolverá la donación revocable o
irrevocable que se hiciere a título de mejora a una persona
que se creía descendiente o ascendiente del donante y no lo
era.
Lo mismo sucederá si el donatario, descendiente o
ascendiente del donante, ha llegado a faltar por
incapacidad, indignidad, desheredación o repudiación.
También se resolverá la donación revocable que se
hiciere a título de mejora a una persona que se creía
cónyuge y no lo era, o si ha llegado a faltar por
incapacidad, indignidad o repudiación.