Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil de la ley de matrimonio civil de la ley sobre registro civil, de la ley n° 7.613, que establece disposiciones sobre adopcion, de la ley n° 18.703, que dicta normas sobre adopcion de menores y deroga la ley n° 16.346, y de la ley n° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias
Texto oficial
Art. 1977. La mora de un período entero en el pago de la
renta, dará derecho al arrendador, después de dos
reconvenciones, entre las cuales medien a lo menos cuatro
días, para hacer cesar inmediatamente el arriendo, si no se
presta seguridad competente de que se verificará el pago
dentro de un plazo razonable, que no bajará de treinta
días.