Texto oficial
Art. 2011. Si el que presta el servicio se retira
intempestivamente, o su mala conducta da motivo para
despedirle, no podrá reclamar cosa alguna en razón de
desahucio o de gastos de viaje.
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil de la ley de matrimonio civil de la ley sobre registro civil, de la ley n° 7.613, que establece disposiciones sobre adopcion, de la ley n° 18.703, que dicta normas sobre adopcion de menores y deroga la ley n° 16.346, y de la ley n° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3551 / 8898881.