Artículo 2434 del Código Civil de la Ley de Matrimonio Civil de la Ley sobre Registro Civil, de la Ley N° 7
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil de la ley de matrimonio civil de la ley sobre registro civil, de la ley n° 7.613, que establece disposiciones sobre adopcion, de la ley n° 18.703, que dicta normas sobre adopcion de menores y deroga la ley n° 16.346, y de la ley n° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3551 / 8899304.
Texto oficial
Art. 2434. La hipoteca se extingue junto con la obligación
principal.
Se extingue asimismo por la resolución del derecho del que
la constituyó, o por el evento de la condición
resolutoria, según las reglas legales.
Se extingue además por la llegada del día hasta el cual
fue constituida.
Y por la cancelación que el acreedor otorgare por
escritura pública, de que se tome razón al margen de la
inscripción respectiva.