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Artículo 55 (DEL ART. 1) del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Aprueba reglamento de operaciones aduaneras

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3565 · idParte: 8253095

Texto oficial

Artículo 55°.- A contar de la fecha de vigencia de este reglamento, derógase toda disposición legal o reglamentaria contraria a las normas contenidas en él.