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Artículo 1 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Adecua plantas y escalafones de la caja de prevision de la defensa nacional al articulo 5° de la ley n° 18.834, sobre estatuto administrativo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3585 · idParte: 9032191

Texto oficial

Artículo transitorio.- El requisito contemplado para la Planta de Directivos en la letra d) del numeral 1 "Planta de Directivos" del artículo 2° del presente decreto con fuerza de ley, no ha sido ni será exigible para los efectos de los ascensos, a los funcionarios que ocupan cargos en calidad de titulares en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.