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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Crea cargo adscrito en el servicio de impuestos internos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3595 · idParte: 5859005

Texto oficial

Artículo 2°.- El gasto que represente la aplicación de lo dispuesto en el presente decreto se imputará al Item que corresponda del Presupuesto vigente del Servicio de Impuestos Internos.