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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Reemplaza las plantas del personal de la direccion de presupuestos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3614 / 7114119.

Texto oficial

Artículo 2.o- Los sueldos de las escalas fijadas en el artículo anterior y la asignación establecida en el tercero de los artículos de la letra c) del artículo 1.o de la ley N.o 17.063, con sus modificaciones posteriores, serán imponibles en los términos fijados por el artículo 99.o de la ley N.o 16.617 y sus modificaciones posteriores.