Texto oficial
Artículo transitorio.- Las disposiciones contenidas en el presente decreto con fuerza de ley empezarán a regir a contar del 10 de Abril de 1980.
Modifica el decreto con fuerza de ley n° 7, de 1970
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3664 / 5859607.