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Artículo 26 del Decreto Con Fuerza de Ley 6

Nueva estructuracion de los servicios de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3701 / 8466584.

Texto oficial

Art. 26. Por intermedio del Ministerio de Agricultura se ejercerán las funciones que corresponden al Gobierno en sus relaciones con las siguientes instituciones: 1) Instituto de Economía Agrícola; y 2) Caja de Crédito Agrario.