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Artículo 29 del Decreto Con Fuerza de Ley 6

Nueva estructuracion de los servicios de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3701 · idParte: 8466588

Texto oficial

Art. 29. Los servicios dependientes de este Ministerio serán los siguientes: 1) Subsecretaría y Administración General; 2) Dirección de Crédito Popular, Casas de Martillo y Ferias de Productos; 3) Dirección General del Trabajo; 4) Comisión Mixta de Sueldos; 5) DEROGADO. 6) Consejo Superior del Trabajo.