Texto oficial
Artículo 1°.- Establécese la Municipalidad de San
Pedro de la Paz. La Municipalidad quedará instalada a la
fecha en que asuman sus cargos el Alcalde y los integrantes
del Concejo, elegidos en la elección municipal realizada de
acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 18.695, Orgánica
Constitucional de Municipalidades.