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Artículo 36 del Decreto Con Fuerza de Ley 7

Aprueba el estatuto orgánico del instituto de seguros del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3741 / 8461315.

Texto oficial

ARTICULO 36° Los nombramientos y demás actos administrativos relacionados con el movimiento del personal, tales como ascensos, renuncias, término de servicio, etc., deberán hacerse por el Vicepresidente Ejecutivo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38° del presente decreto con fuerza de ley y en el artículo 74° de la ley 15.575.