Texto oficial
Artículo 2°. El gasto que represente la aplicación del presente decreto con fuerza de ley será financiado con los recursos del presupuesto del Servicio Nacional de Geología y Minería.
Crea cargo adscrito en el servicio nacional de geologia y minería
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3761 / 5860113.