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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 7

Crea cargos adscritos en el servicio agricola y ganadero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3762 / 5860116.

Texto oficial

Artículo 1°.- Créanse, a contar del 14 de Mayo de 1990, en la Planta de Directivos del Servicio Agrícola y Ganadero dos cargos directivos, grado 5° de la escala única de remuneraciones, cada uno con la denominación de Ingeniero Agrónomo.