Texto oficial
Artículo 1°.- Establécese la Municipalidad de
Chiguayante. La Municipalidad quedará instalada a la fecha
en que asuman sus cargos el Alcalde y los integrantes del
Concejo, elegidos en la elección municipal realizada de
acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 18.695, Orgánica
Constitucional de Municipalidades.