Saltar al contenido

Artículo 1 de Resolución 3997

Prohibe crianza, permanencia, alimentacion y mantencion de cerdos en lugares que constituyan focos de insalubridad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 37721 / 6018905.

Texto oficial

1.- Prohíbase la crianza, permanencia, alimentación y mantención de cerdos en vertederos de basura autorizados y en aquellos lugares que a juicio de este Servicio de Salud constituyan focos de insalubridad. 2.- Para los efectos del punto anterior se entenderá por focos de insalubridad a aquellos lugares en que se encuentren dispuestos desechos de origen domésticos y desechos provenientes de la elaboración y expendio de alimentos de tal forma que sean focos de atracción de insectos y roedores o que produzcan contaminación ambiental por malos olores o contaminación de cursos de agua. 3.- Cualquiera infracción a la presente Resolución, autorizará al Servicio de Salud a aplicar a los infractores, las sanciones que correspondan, sin perjuicio de lo que se resuelva sobre el destino de los animales sorprendidos en los lugares mencionados en el punto N° 1. 4.- Personal del Departamento Programas Sobre Ambiente procederá a fiscalizar el fiel cumplimiento de lo indicado en la presente Resolución. 5.- La aplicación de la presente Resolución comenzará a regir 60 días después de su publicación en el Diario Oficial.