Texto oficial
Artículo 4.o_ Las disposiciones del presente decreto entrarán a regir a contar de su publicación en el Diario Oficial.
Establece impuesto unico a las bebidas analcoholicas y aguas minerales y mineralizadas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3774 / 9032419.