Texto oficial
Artículo 4°.- El gasto que represente la aplicación del presente decreto con fuerza de ley se imputará al título 21, gastos en personal, del presupuesto del Instituto de Desarrollo Agropecuario.
Crea cargos adscritos en el instituto de desarrollo agropecuario
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3818 / 5860373.