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Artículo PRIMERO del Decreto Con Fuerza de Ley 11

Crea universidad de antofagasta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3856 / 7114911.

Texto oficial

Artículo primero: Créase a contar de la fecha de vigencia de esta ley la Universidad de Antofagasta institución de Educación Superior del Estado, independiente, autónoma, con personalidad jurídica propia. Su representante legal será el Rector.