Texto oficial
Artículo segundo.- Para ser designados y/o promovidos en los cargos que se indican a continuación, los interesados deberán cumplir con los requisitos generales de ingreso establecidos en los artículos 11° y 12° de la Ley N° 18.834 y además, con los siguientes requisitos especiales:
a) Profesionales, títulos profesionales de abogados o de ingeniero civil o comercial.
b) Jefe Sección Presupuestos, título de contador o de contador auditor y cinco años, a lo menos de experiencia laboral en trabajos de estas especialidades o en Oficinas de Presupuestos.
c) Administrativos, licencia de educación media o equivalente, y
d) Auxiliares, educación básica aprobada.