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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 11

Crea cargos adscritos en el ministerio de educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3864 / 7114931.

Texto oficial

Artículo 2°.- El gasto que represente la aplicación del presente decreto con fuerza de ley será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente del Ministerio de Educación. R.U.T. Nombre a/c 5.000.697-2 Burg Urbina Sergio Patricio 17.07.90 3.837.602-0 Rivera Díaz Juan 17.07.90 4.285.327-5 Arenas Romero Gloria María 17.07.90 3.548.018-8 Gatica Merino Víctor 24.07.90 6.712.413-9 Aguilera García Héctor 16.07.90 5.358.807-7 Salazar Vega Jorge 15.07.90 5.290.541-9 Calderón Silva Miguel 15.07.90 2.784.817-6 Sangmeister Flandes Augusto 18.07.90 3.930.724-3 Díaz Silva Raúl Enrique 18.07.90 6.078.784-0 Epuyao Aguilef Leonardo 18.07.90 2.954.424-7 Araya Herrera David Sergio 20.07.90 4.181.158-7 Bruzzo Rojas Nino Enzo 15.07.90 Los citados funcionarios percibirán la misma remuneración que actualmente gozan o las que en lo sucesivo corresponde a los respectivos grados. El cargo constituirá dotación adicional y se extinguirá de pleno derecho al momento del cese de funciones por cualquier causa.