Texto oficial
Artículo 47.- Los objetivos de la cooperativa
asignataria son la producción agrícola y pecuaria, en
cualquiera de sus formas y la organización y promoción
social, económica y cultural de sus socios.
Para lograr estos objetivos la cooperativa realizará
especialmente lo siguiente:
a) Determinar los correspondientes planes de
explotación en conformidad a los planes generales que el
Ministerio de Agricultura tenga para la región;
b) Todos aquellos actos, obras, construcciones y
trabajos que mejoren el predio, aumenten su eficiencia
productiva y conserven los recursos naturales;
c) Propender a la especialización y capacitación de
sus socios;
d) Procurar su capitalización eficiente;
e) Integrar procesos y faenas a sus productos para
mejorar su calidad, presentación, envase y transporte como
asimismo, para su transformación en otros productos más
elaborados, su mejor terminación y comercialización más
ventajosa.
Dentro de este objetivo tenderá al establecimiento de
industrias anexas;
f) Obtener y proporcionar todos aquellos servicios que
permitan a la comunidad de trabajo gozar de los beneficios
materiales, culturales, educacionales, de salud y otros que
la comunidad nacional tenga disponibles;
g) Abastecer de bienes de consumo a sus socios; y g) La
asociación con toda organización que pueda colaborar al
cumplimiento de los objetivos anteriores o procurarlos en
forma más adecuada.