Texto oficial
Artículo 1.o- Las cooperativas de Colonización y las
Agropecuarias de Reforma Agraria que deseen acogerse a las
normas del presente decreto deberán solicitarlo a la
Corporación de la Reforma Agraria.
Establece normas sobre constitucion, funcionamiento y administración de cooperativas de reforma agraria; deja sin efecto la ley 15.020 y los decretos con fuerza de ley r.r.a. 11 y 20, de 1963, en lo que sean contrarios a las disposiciones de este decreto con fuerza de ley
idNorma: 3873 · idParte: 8866471