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Artículo SIETE del Decreto Con Fuerza de Ley 13

Fija planta de personal y dotacion del servicio de salud: san felipe - los andes

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3897 · idParte: 9032471

Texto oficial

ARTICULO SIETE.- El gasto que irrogue el presente decreto con fuerza de ley se imputará a los ítem correspondientes del subtítulo 21 "Gastos en Personal" del presupuesto del Servicio de Salud San Felipe - Los Andes.