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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 14

Crea cargo paralelo en oficina nacional de emergencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3928 / 8253661.

Texto oficial

Artículo 4°.- Impútese, el gasto correspondiente, al Presupuesto de la Oficina Nacional de Emergencia, pudiendo efectuarse las reasignaciones presupuestarias respectivas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la Ley N° 18.972.