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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 15

Fija planta de personal y dotacion del servicio de salud: maule

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3937 / 9032529.

Texto oficial

ARTICULO 8° La planta de personal y demás disposiciones del presente decreto con fuerza de ley regirán a contar del 1° de agosto de 1980.