Texto oficial
ARTICULO SEGUNDO.- Créanse los siguientes cargos en la
planta de personal del Servicio de Salud: Ñuble, los que
podrán remunerarse y desempeñarse indistintamente bajo el
régimen del decreto ley número 249 de 1973, o de la ley
número 15.076.
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D.L. 249 Ley 15.076
Escalafones/Cargos Nivel Grado
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11.2.-
Dirección Servicio de Salud
Directivos
Subdirector Médico I 5° 33 1
Jefe Dpto. Programa de
las Personas III 7° 33 1
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2
Dirección Hospital
Directivos
Director I 5° 33 1
Subdirector Médico II 6° 33 1
Director III 8° 33 1
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3
Jefaturas A
Jefatura Unidades de
Apoyo II 10° 33 7
Jefatura Servicios
Clínicos II 10° 33 8
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15
Jefaturas B
Jefatura Unidades de
Apoyo I 13° 33 1
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1
Dirección Atención Periférica
Directivos
Director III 7° 33 1
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1
Jefaturas A
Director Consultorio II 10° 33 1
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1
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Total Cargos: 23
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La provisión de estos empleos se efectuará de acuerdo
con las normas vigentes del Estatuto Administrativo o de la
ley 15.076, según sea la forma que determine la autoridad
al proveer el empleo.