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Artículo 21 (DEL ART. UNICO) del Decreto Con Fuerza de Ley 16

Fija texto refundido sistematizado y coordinado de las disposiciones legales relativas a la direccion general del credito prendario

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3963 · idParte: 8481540

Texto oficial

Art. 7° Ley Artículo 21°.- Las Subrogaciones de 15.229 de 1963 los Jefes de Departamentos se efectuarán por los Segundos Jefes de los Departamentos correspondientes.