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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 17

Adecua, modifica y establece planta de personal de la municipalidad de quinta normal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3984 / 8253716.

Texto oficial

Artículo 3°.- Establécese la planta de personal de la Municipalidad de Quinta Normal: Planta Cargo Grado N° Cargos _______________________________________________________ Alcaldes Alcalde 2° 1 Directivos Juez de Policía Local 3° 1 Secretario Municipal 5° 1 Director de 5° 2 Adminsitración y Finanzas Secretario Comunal de 5° 1 Planificación y Coordinación Asesor Jurídico 5° 1 Director Desarrollo 5° 1 Comunitario Director de Control 5° 1 Municipal Directivo 5° 1 Directivo 7° 1 Jefe Departamento de 7° 1 Desarrollo y Planificación Presupuestaria Director de Tránsito y 7° 1 Transporte Públicos Jefe de Departamento 7° 1 de Personal Jefe Departamento de 7° 1 Asesoría Urbana Jefe Departamento de 8° 1 Presupuesto y Contabilidad Director de Aseo y 8° 1 Ornato Jefe Departamento de 8° 1 Servicios Generales Jefe Departamento de 8° 1 Edificación Jefe Departamento de 8° 1 Asistencia Social Jefe Departamento de 8° 1 Programas Sociales Profesionales Profesional 6° 1 Profesionales 7° 2 Profesionales 8° 11 Profesional 9° 1 Profesionales 10° 8 Profesionales 11° 3 Profesionales Ley N° 15.076 22 hrs./sem. Jefaturas Jefatura 8° 1 Jefe Departamento 8° 1 Medio Ambiente Jefaturas 9° 5 Jefe Departamento 9° 1 Aprovisionamiento Jefaturas 10° 4 Jefaturas 11° 7 Jefaturas 12° 2 Técnicos Técnicos 11° 6 Técnicos 12° 5 Técnicos 13° 6 Técnicos 14° 5 Técnicos 15° 3 Técnico 16° 1 Técnicos 17° 9 Administrativos Administrativos 12° 9 Administrativos 13° 7 Administrativos 14° 5 Administrativos 15° 12 Administrativos 16° 10 Administrativos 17° 9 Administrativos 18° 22 Auxiliares Auxiliares 14° 10 Auxiliares 15° 38 Auxiliares 16° 36 Auxiliares 17° 20 Auxiliares 18° 25 ____ TOTAL CARGOS 305 más 22 hrs. semanales Ley N° 15.076