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Artículo 3 de la Ley S/N

Ley por la que se aprueba la resolución del tratado de 6 de agosto de 1874 que existía con la república de bolivia i autoriza al presidente de la república para que declare la guerra al gobierno de aquella nación.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 400045 / 10041659.

Texto oficial

ART. 3.° Se autoriza al Presidente de la República: 1.° Para que aumente las fuerzas de mar i tierra hasta lo que creyere necesario; 2.° Para que de fondos nacionales invierta por ahora hasta cuatro millones de pesos en los objetos a que se refiere esta lei, debiendo rendir la correspondiente cuenta de inversion en las épocas en que deben rendirse las cuentas jenerales de la Administracion pública; 3.° Para contratar empréstitos hasta la suma de cinco millones de pesos, pudiendo hipotecar a su pago las propiedades del Estado, o estipular otras garantías; 4.° Para que declare puertos mayores los que juzgue necesarios i provea a su servicio miéntras no se dicte una lei que lo organice.