Texto oficial
Artículo 49°
La presente Convención está sujeta a ratificación. Los instrumentos de ratificación se depositarán en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.
Aprueba convención de viena sobre relaciones diplomáticas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 400567 / 10444973.