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Artículo del Decreto 293

Aprueba protocolo sobre el estatuto de los refugiados

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 400597 / 9704160.

Texto oficial

Por cuanto el Gobierno de la República de Chile adhirió el 27 de abril de 1972 al Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, aprobado por resolución Nº 2.198 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de fecha 16 de diciembre de 1966. Y por cuanto el instrumento de adhesión a dicho Protocolo se depositó en la Secretaría General de las Naciones Unidas el 27 de abril de 1972, previa aprobación del Honorable Congreso Nacional, según consta en el oficio 1.369, de 20 de septiembre de 1971, de la Honorable Cámara de Diputados, cuya copia fotostática y autenticada por el Subsecretario de Relaciones Exteriores se acompaña, dándose así cumplimiento a los trámites legales; Por tanto, y en uso de la facultad que me confiere el Nº 16 del artículo 72º de la Constitución Política del Estado, dispongo y mando que se cumpla y lleve a efecto como ley de la República, publicándose copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.