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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 20

Modifica decreto supremo n° 404, de hacienda, de 1978

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4014 · idParte: 8253750

Texto oficial

Artículo 2°- Introdúcense en el artículo 12° del decreto supremo N° 404, de Hacienda, de 1978, a continuación de la letra m), las siguientes nuevas letras: "n) Aprobar el programa anual estimativo de los bienes muebles necesarios para stocks y establecer la forma de reajuste de los precios de dichos bienes con el propósito de mantener el valor adquisitivo de los fondos de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado destinados a esos fines." "ñ) Delegar en el Director del Servicio las atribuciones y facultades contenidas en las siguientes letras b), c), e), g), h), i), j), k), l) y m) del presente artículo." "o) Sancionar bimestralmente, a lo menos, las cuentas que le rinda el Director del Servicio sobre las materias delegadas."