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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 21

Crea cargo adscrito en la junta nacional de jardines infantiles

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4034 / 7115459.

Texto oficial

Artículo 2°.- El gasto que representa la aplicación del presente Decreto con Fuerza de Ley será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de la Junta Nacional de Jardines Infantiles. El citado funcionario percibirá la misma remuneración que actualmente goza o las que en lo sucesivo corresponde a los respectivos grados. El cargo constituirá dotación adicional y se extinguirá de pleno derecho al momento del cese de funciones por cualquier causa.