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Artículo OCTAVO del Decreto Con Fuerza de Ley 23

Fija planta de personal y dotacion del servicio de salud: llanquihue - chiloe - palena

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4056 · idParte: 9070784

Texto oficial

ARTICULO OCTAVO.- La planta de personal y demás disposiciones del presente decreto con fuerza de ley regirán a contar del primero de Agosto de 1980.