Saltar al contenido

Artículo 1 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 28

Fija planta de personal para el servicio de salud metropolitano del ambiente

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4122 / 8448808.

Texto oficial

ARTICULO TRANSITORIO.- Establécese, para el solo efecto del encasillamiento del personal en las plantas fijadas en el artículo primero del presente decreto con fuerza de ley, el siguiente requisito de experiencia en la Administración del Estado al 16-06-1990 para el número de cargos que en cada grado se detalla, en reemplazo del que se fija para ellos en el artículo 2°: A) PLANTA DE PROFESIONALES EXPERIENCIA N° DE CARGOS GRADOS E.U. AÑOS-MESES 2 5 E.U. 31 8 2 6 E.U. 18 7 1 7 E.U. 17 4 2 8 E.U. 12 7 2 9 E.U. 8 8 5 10 E.U. 6 4 2 11 E.U. 5 1 10 12 E.U. 3 8 B) PLANTA DE ADMINISTRATIVOS EXPERIENCIA N° DE CARGOS GRADOS E.U. AÑOS-MESES 4 14 E.U. 32 3 3 15 E.U. 29 9 3 16 E.U. 26 5 5 17 E.U. 20 9 3 18 E.U. 18 9 3 19 E.U. 17 4 8 20 E.U. 5 5 D) PLANTA DE AUXILIARES EXPERIENCIA N° DE CARGOS GRADOS E.U. AÑOS-MESES 2 19 E.U. 25 0 1 20 E.U. 24 2 2 21 E.U. 19 9 El personal que sea encasillado en los cargos a que se refiere el inciso anterior, será incorporado a continuación del que provenga del mismo grado cuando correspondiere.