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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Sustituye escalafones que indica en la planta de personal que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4151 · idParte: 7115928

Texto oficial

Artículo 5°.- El encasillamiento del personal se hará en forma discrecional por el Director de la Oficina de Planificación Agrícola, sin sujeción al Escalafón vigente del Servicio, ni a los requisitos exigidos por el D.F.L. de Hacienda N° 90, de 1977 y sus modificaciones posteriores.