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Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Determina forma y tiempo de constitución de la municipalidad de la comuna de lo espejo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4154 · idParte: 8622885

Texto oficial

Artículo 12°.- A contar del 1° de Julio de 1991, un nueve por ciento de los recursos que se distribuyan por concepto de Fondo Común Municipal, correspondiente a la comuna de Lo Espejo para el año 1991, serán entregados por el Servicio de Tesorerías a la Intendencia de la Región Metropolitana para su utilización en los gastos de puesta en marcha de esta municipalidad. El noventa y uno por ciento restante será entregado a la Municipalidad de La Cisterna, en virtud a lo establecido en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 1962, de 1989, del Ministerio del Interior.